Depende del encargo, y se puede cerrar antes
Revisar un contrato, montar un pacto de socios, llevar un pleito de tres años o acompañar la venta de una empresa no se parecen en nada. Lo que sí debería ser igual en todos los casos es que el cliente sepa qué va a pagar antes de empezar.
Nosotros trabajamos así: se estudia el asunto, se dice qué se puede hacer y qué cuesta, y eso se pone por escrito. Si el asunto cambia de tamaño, se vuelve a hablar antes de hacer el trabajo, no después.
Las tres formas de cobrar
Preguntas frecuentes
¿La primera consulta se cobra?
Le decimos por teléfono si su asunto es de los que llevamos y qué haría falta. Si hace falta estudiar documentación para contestar, se dice antes cuánto cuesta ese estudio.
¿Se puede pactar un porcentaje sobre lo que se cobre?
En reclamaciones de cantidad cabe una parte variable ligada al resultado, junto a una fija. Se pacta por escrito.
¿Qué pasa si se gana con costas?
Las costas las paga la parte condenada y siguen su propio camino; en el encargo se dice cómo se imputan.
¿Trabajáis con empresas de fuera de Madrid?
Sí. La mayor parte del trabajo mercantil se lleva a distancia sin ningún problema.