Responsabilidad

La sociedad limita la responsabilidad, pero no la del administrador

Es la confusión más cara del derecho de sociedades. Una sociedad limitada limita la responsabilidad **del socio**: lo que arriesga es lo que puso. El administrador es otra cosa, y responde con lo suyo en unos cuantos supuestos que están en la ley.

Y no son casos exóticos. El más frecuente con diferencia es el de la sociedad que entra en causa de disolución —típicamente, pérdidas que dejan el patrimonio neto por debajo de la mitad del capital— y sigue funcionando como si nada.

Las tres vías, que no son la misma

Responsabilidad por deudas sociales
Si concurre causa de disolución y el administrador no convoca la junta en el plazo legal, responde solidariamente de las obligaciones sociales posteriores. Es la más automática y la que más sorprende.
Acción social de responsabilidad
La ejercita la sociedad —o los socios, en su defecto— por el daño causado al patrimonio social. Lo que se recupera entra en la sociedad, no en el bolsillo de quien demanda.
Acción individual
La de quien ha sufrido un daño directo en su propio patrimonio por la actuación del administrador. Es la del acreedor que no cobra por cómo se gestionó.
Y la del concurso
Si el concurso se califica como culpable, el administrador puede acabar cubriendo el déficit, además de inhabilitado.

Lo que protege de verdad

No es un seguro, aunque ayude. Es dejar rastro de que se administró con diligencia.

Las cuentas formuladas y depositadas en plazo. Las juntas convocadas cuando toca y con acta. Las decisiones importantes documentadas, con la información que se tuvo delante. Y, cuando las cosas van mal, reaccionar en los plazos en vez de aguantar un año más a ver si mejora.

Casi todas las condenas que vemos tienen el mismo patrón: no es que se hiciera algo terrible, es que no se hizo nada mientras la ley decía que había que hacer algo.

Preguntas sobre responsabilidad

¿Me libro si dimito?

La dimisión corta hacia delante, no hacia atrás, y tiene que inscribirse. Dimitir cuando ya hay causa de disolución no borra lo anterior.

¿Y si soy administrador solo de nombre?

Responde igual. Ser administrador es un cargo con obligaciones, no un título.

¿Existe el administrador de hecho?

Sí, y responde también: quien dirige de verdad aunque no figure en el registro.

¿Sirve el seguro de administradores?

Cubre bastante y conviene tenerlo, pero no cubre el dolo ni sustituye a haber cumplido. Hay que leer las exclusiones.

Preguntas frecuentes

Dudas habituales sobre contratar un abogado

¿Quién paga la agencia en un alquiler de vivienda?

Desde la Ley de Vivienda de 2023, los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato corren a cargo del propietario, no del inquilino.

¿Cómo funciona un divorcio de mutuo acuerdo?

Los cónyuges firman un convenio regulador con lo que acuerdan y se presenta ante el juzgado, o ante notario si no hay hijos menores o con la capacidad modificada. Tienen que haber pasado al menos tres meses desde la boda.

¿Qué es un abogado de oficio?

Es el abogado que designa el Colegio por turno. Si se reconoce el derecho a la justicia gratuita, no se le paga; si no se reconoce, el abogado de oficio puede cobrar sus honorarios como cualquier otro.

¿Qué pasa si no se paga la pensión de alimentos?

Se puede pedir al juzgado que ejecute la sentencia para cobrar lo debido. Además, dejar de pagarla durante dos meses seguidos o cuatro no consecutivos puede constituir un delito de abandono de familia.

¿Qué pasa si alguien fallece sin testamento?

Heredan los parientes que marca la ley, en un orden establecido: hijos y descendientes, padres y ascendientes, cónyuge y, en su defecto, otros parientes. Para acreditarlo se tramita una declaración de herederos, normalmente ante notario.

¿Qué hago si el inquilino no paga el alquiler?

Lo primero es requerir el pago por escrito y, si no paga, iniciar un procedimiento de desahucio por falta de pago. No conviene cortar los suministros ni cambiar la cerradura por su cuenta: puede acabar teniendo consecuencias legales para el propietario.

Responsabilidad de administradores: cuándo responde con su patrimonio · Moneta Abogados